Seguro
de Vida Obligatorio
·
Decreto Ley 1567/74: indemnización $ 6.750.- por
persona.
· Obligatorio para todo empleado en relación
de dependencia.
· Este seguro es independiente de todo otro beneficio
social, seguro o indemnización de cualquier naturaleza
fijados en convenios colectivos, leyes o contratos.
· El costo del seguro debe ser pagado totalmente
por el empleador.
· La falta de contratación de este seguro
hace responsable al empleador del pago del beneficio,
sin perjuicio de otras sanciones que puedan corresponder.
Otro
tipo de Seguros de Vida
para los Empleados
:.
Seguro
Temporario
:. Seguro de Vida
Entera y Vida Pagos Limitados
:.
Seguro de Vida Universal
:.
Seguro de Vida Colectivo
Cláusulas
adicionales en los seguros de vida
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