Vientos fuertes: Cubre los
desgarros , roturas , tronchados, arranque,
tapado o vuelco irreversible de plantas por
efecto mecánico del viento en el cultivo
asegurado mientras se encuentre arraigado.
Heladas: Cubre la muerte total
de las plantas, necrosis en follaje y afectación
en la formación de granos , de modo
tal que este no se forme, mientras los cultivos
se encuentren arraigados, causados por la
caídas bruscas de temperaturas hasta
niveles menores o iguales de cero grados centígrados.
Lluvia en exceso: Cubre los
daños en cantidad causados al cultivo
asegurado, estando en pie, por la caída
en el área sembrada de lluvias de una
intensidad tal que puedan producir el vuelco
irreversible de las plantas y/o la saturación
de agua en el suelo por un tiempo determinado.
Falta de piso:Cubre la imposibilidad
de realizar la pizca o recolección
de granos, luego de su madurez fisiológicas,
mecánicamente por inconsistencia del
terreno provocada exclusivamente por excesos
de lluvia exclusivamente. La cobertura opera
una vez vencido el periodo de 30 días
después del momento en que el cultivo
estuvo en condiciones de ser cosechado.